TAG Curso de comunicación
 

Comunicado del sector de la comunicación en pleno

Domingo, 12 de mayo 2002

Sobre el anteproyecto de ley de prevención del consumo de alcohol elaborado por el Ministerio del Interior

Reproducimos el comunicado de prensa que El sector de la Comunicación Comercial, que representa el 2,6% del PIB nacional, ha emitido respecto a este tema. 

 

Como miembros de la sociedad y conscientes del papel que desempeñamos en ella, las entidades firmantes de este comunicado apoyamos las medidas contempladas en este anteproyecto que puedan erradicar el abuso y el consumo impropio del alcohol. 

Sin embargo, una vez más tenemos que recordar que no son aceptables restricciones que prácticamente impidan la realización de promoción y publicidad a productos fabricados, comercializados y consumidos lícitamente. Las bebidas alcohólicas no son productos prohibidos, lo cual significa que existe una industria en torno a su producción, elaboración, distribución, comunicación comercial y consumo que es lícita. La publicidad es una forma legítima de comunicación e información al consumidor, integrada en los derechos constitucionales a la libertad de empresa y a la libertad de expresión. 

Rechazamos, por tanto, medidas genéricas e indiscriminadas que penalizan desproporcionadamente la comunicación publicitaria de esos productos de lícito comercio, en base a argumentos y políticas que han demostrado sobradamente la ineficacia de estas restricciones para alcanzar los fines perseguidos.

De hecho:

1.- No se ha constatado un efecto directo de la publicidad en el aumento o la variación de las pautas de consumo de alcohol. 

2.- La mayor parte del alcohol consumido en  el mundo no es "objeto de publicidad". 

3.- La psicología del comportamiento hace décadas que desterró el modelo conductual  estímulo-respuesta.

4.- En un mercado maduro como el de las bebidas alcohólicas, donde el consumo decrece, la publicidad va dirigida a la captación de cuotas de mercado de cada marca, no al aumento indiscriminado del consumo global. 

Consideramos que se trata, además, de un texto incoherente ya que si bien en su artículo 6.5 apuesta por la promoción de acuerdos entre personas o empresas fabricantes y distribuidoras, anunciantes, agencias y medios de publicidad, destinados a la autolimitación y autorregulación, por otra parte deja prácticamente sin validez este mismo artículo al establecer restricciones a la comunicación comercial tan desproporcionadas, llegando incluso a contemplar la censura previa. 

La industria publicitaria española es mayor de edad y ha venido demostrando su madurez y responsabilidad en una Sociedad Libre, a través de compromisos de autorregulación cuya eficacia y rigor han sido acreditadas suficientemente.

ASOCIACIONES FIRMANTES

 

·            Asociación Española de Agencias de Publicidad (AEAP)

·            Asociación Española de Anunciantes (AEA)

·            Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol)

·            Asociación de Revistas de Información (ARI)

·            Asociación Española de Editoriales de Publicaciones Periódicas (AEPP)

·            Asociación de Medios Publicitarios de España (AMPE)

·            Federación Española de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD)

·            Asociación de Centrales de Medios (ACM)

·            Asociación General de Empresas de Publicidad (AGEP)

·            Federación Nacional de Empresas de Publicidad (FNEP)

·            Movierecord

·            RMB Cine

·            Asociación Española de Marketing Promocional (AEMP)

·            Asociación Española de Publicidad Exterior (AEPE)

·            Gremi de Publicitat de Catalunya

·            Interactive Advertising Bureau (IAB) 

 


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